Las Empresas de Servicios Temporales Aliados de la Defensa del Contrato de Trabajo y Formalización

Las Empresas de Servicios Temporales Aliados de la Defensa del Contrato de Trabajo y Formalización

Blog Temporales DHO Ibague, Colombia

De acuerdo a la entrevista del Doctor Edwin Palma, Viceministro de Relaciones laborales con Acoset

- “Las Empresas de Servicios Temporales están en el marco de la constitución y de la Ley… Incluso hoy terminan siendo nuestros aliados en este caso concreto en la defensa del contrato de trabajo, de la formalización

 

Como resultado las Empresas de Servicios Temporales no son solo un aliado para empresarios, si no un impulso socioeconómico de la mano con el Gobierno Nacional, fomentando el Empleo Formal para toda Colombia.

¿En qué casos los empresarios pueden contratar Empresas de Servicios Temporales?

Cuando requieran trabajadores en misión:

“1. Cuando se trate de las labores ocasionales, accidentales o transitorias a que se refiere el artículo 6° del Código Sustantivo del Trabajo.

2. Cuando se requiere reemplazar personal en vacaciones, en uso de licencia, en incapacidad por enfermedad o maternidad.

3. Para atender incrementos en la producción, el transporte, las ventas de productos o mercancías, los períodos estacionales de cosechas y en la prestación de servicios, por un término de seis (6) meses prorrogable hasta por seis (6) meses más.”

DECRETO 4369 DE 2006

Toda empresa natural o jurídica puede contratar una Empresa de Servicios Temporales con el objeto de colaboración temporal para el desarrollo de sus actividades.